La Junta de Castilla y León ha dado marcha atrás y deja sin efecto la nota aclaratoria por la cual permitiría la caza en el ámbito de la comunidad autónoma. La presión derivada de las informaciones publicadas y la controversia generada en redes sociales han sido determinantes y a su vez han servido para interpretar que estas instrucciones eran contrarias al Real Decreto 463/2020 de declaración del Estado de Alarma.
A través de un breve comunicado de prensa, la Consejería de Fomento informa que ha dejado sin efecto la “nota interna” que incluía las aclaraciones sobre autorizaciones de controles poblaciones de fauna silvestre por daños para favorecer la producción agrícola y ganadera, en el marco del actual estado de alarma por el Covid-19.
La aclaración que se remitía a las delegaciones provinciales informaba que se autorizan las modalidades practicadas por una sola persona (espera, al salto o a rabo) y modalidades de caza colectiva (incluida la caza con hurón), pero restringiendo el número de participantes a cuatro personas. Asimismo, daba una serie de consejos como acudir en vehículos individuales, guardar distancia de seguridad o que debían proceder a su desinfectación.
La Junta reconoce que ha habido una “interpretación no adecuada” de la nota interior que implica situaciones contrarias al Estado de Alarma. “Sobre la base de la prohibición de la caza y la pesca como actividad cinegética por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, de declaración del Estado de Alarma, y la supresión de actividades no expresamente autorizadas, y dado que la interpretación no adecuada de la nota interior puede generar situaciones contrarias al cumplimiento del Real Decreto y su finalidad, se deja sin efecto”, confirman.
En este sentido, apunta a la difusión que se ha dado en medios de comunicación y redes sociales, por lo que “se ha dejado sin efecto la nota interna de servicio indicada, habida cuenta que su interpretación pudiera tener la operatividad de generar situaciones contrarias al cumplimiento del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, de declaración del Estado de Alarma, debiendo ser preponderante la seguridad jurídica y la claridad taxativa en el cumplimiento de dicho Estado de Alarma y el Real Decreto que lo declara”, reconoce la Junta.