La Justicia anula completamente el parque eólico Espina, reautorizado en Igüeña por la Junta en 2022

El Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de León ha declarado ilegal el parque eólico que promueve Naturgy en los municipios de Igüeña y Villagatón. 

Este complejo, ubicado a 80 metros de la zona protegida Red Natura 2000 en Espina de Tremor, había sido anulado en 2017 por el Tribunal Supremo, y entró en funcionamiento en 2010 en las montañas de los Ayuntamientos de Igüeña y Villagatón, lindando con la Sierra de Gistreo.

A pesar de que el parque cesó su actividad tras la Sentencia del Tribunal Supremo, la Junta volvió a autorizar su funcionamiento en una decisión que varios colectivos calificaron como “polémica”, en el año 2022, que fue recurrida en los Tribunales por el Fondo para la Defensa Jurídica de la Cordillera Cantábrica. Tras tres años de juicio, la decisión del Juez da la razón a los ecologistas representados por el abogado Víctor A. Bayón.

HÁBITAT DE UROGALLO

Esta decisión judicial concluye que el parque eólico “fue mal legalizado por la Junta, dado que se ubica en un espacio que es hábitat potencial del urogallo cantábrico, población en Peligro Crítico de Extinción”.

La sentencia aprecia el peligro existente en esta zona, tras la aparición de un urogallo muerto a los pies de un molino en un parque vecino que se ubica a tan solo diez kilómetros del Parque Eólico Espina.

El Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de León concluye que “existían cantaderos de urogallo situados cerca del parque eólico Espina y que, coincidiendo con su construcción y puesta en marcha, disminuyó el número de cantaderos y el número de urogallos.  De modo muy contundente el Magistrado critica que, a pesar de ello, no se ha hecho ningún estudio sobre la posible influencia del parque eólico en este descenso de la especie”.

Asimismo, advierte de un posible “fraude en la tramitación dado que el parque ha sido legalizado a nivel ambiental como si aún no estuviese construido cuando, en realidad, lleva construido desde 2010 y sin tener en cuenta los efectos negativos causados durante su funcionamiento ilegal en el pasado”.

“EL UROGALLO CANTÁBRICO PODRÁ RECUPERAR TERRENOS EXPOLIADOS”

Desde el Fondo para la Defensa Jurídica de la Cordillera Cantábrica la valoración de esta sentencia no puede ser más positiva:

“Esta resolución judicial supone un gran varapalo a la política ambiental y energética de la Junta de Castilla y León. El juez ordena la paralización del parque eólico y la nulidad de todo el procedimiento administrativo, que tendrían empezar desde cero. El urogallo cantábrico tendrá la oportunidad de recuperar terrenos expoliados de su hábitat”.

Desde el Fondo piden “la dimisión del  Jefe del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía, Fernando Bandera que es el responsable que autorizó este proyecto y que la Junta no recurra la sentencia y propicie el desmontaje del parque eólico. En caso de seguir insistiendo en legalizar este parque, vamos camino de que este núcleo eólico se convierta en el Algarrobico leonés”.

Según el Fondo ecologista que ha financiado este pleito “tanto NATURGY como la Junta de Castilla y León, en lugar de desmontar y renunciar a ese complejo mal ubicado han reincidido en el error de seguir intentando autorizarlo de nuevo y pretendiendo justificar lo injustificable”

CIENTOS DE PERSONAS FINANCIARON LA DEMANDA

Más de ochocientas personas financiaron este pleito, constituyendo el para la Defensa Jurídica de la Cordillera Cantábrica que mantiene vivo el conflicto en el denominado Nudo Villameca.

Desde el Fondo confían en lograr similares sentencias en los otros procedimientos judiciales abiertos contra otros dos proyectos, de la misma promotora y en la misma zona, Valdesamario y Peña del Gato.

VALORACIÓN Y EXTRACTOS DE LA SENTENCIA:

Según el letrado que ha llevado este pleito, Víctor A. Bayón del despacho Cordal Abogados, esta sentencia “restaura la legalidad ambiental en la zona”, aplicando de modo correcto lo previsto en el Plan de Recuperación del Urogallo Cantábrico.

De la Sentencia se destacan los siguientes extractos:

“La posibilidad de pérdida de un solo ejemplar resulta suficiente para adoptar medidas ciertas y absolutamente seguras para evitar la pérdida de un animal de la especie”.

“En las proximidades del parque eólico han existido avistamientos y cantaderos, luego se trata de un espacio hábil para la recuperación de la especie, porque la propia especie así lo ha considerado y, frente a ello, los estudios e informes deben decaer.”
 

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