El colectivo cultural Fala Ceibe do Bierzo, propone un artículo sobre la lengua de El Bierzo para incluir en la reforma de la Ley de la Comarca.
Partiendo de que el gallego tiene un reconocimiento oficial en el Estatuto de Autonomía de Castilla y León, como indica el artículo (4.3) “gozará de respeto y protección la lengua gallega en los lugares en que habitualmente se utilice”. Nadie duda de que esos lugares son la Alta Sanabria y El Bierzo Occidental.
El idioma gallego no tiene reconocimiento de oficialidad en la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Esta falta de declaración oficial no impide un uso institucional y administrativo parcial del gallego por parte del Consejo Berciano, ayuntamientos y juntas vecinales. No ser lengua oficial impide que el gallego tenga la eficacia jurídica que posee el castellano. Pero el uso administrativo secundario del gallego se fundamenta en el reconocimiento legal y jurídico, concretado en el visto Estatuto de Autonomía de Castilla y León y en la propia Constitución española, “la protección de la riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es patrimonio cultural que será objeto de especial respecto y protección” (art. 3.3).
Fala Ceibe do Bierzo considera que hace falta crear un nuevo artículo de la Ley de la Comarca de El Bierzo que haga referencia expresa a la lengua gallega, y propone el siguiente artículo lingüístico como punto de partida y debate:
Artículo. USO DE LAS LENGUAS DE EL BIERZO
1. El castellano es la lengua oficial del Estado. El gallego es idioma propio de El Bierzo occidental. El gallego representa una singularidad cultural e histórica que conforma la minoría lingüística a proteger.
2. El Consejo Berciano fomentará la utilización institucional del gallego, mediante servicios de información bilingües, según determine el reglamento de uso de lenguas.
3. El Servicio Lingüístico Berciano apoyará el uso del gallego por los ayuntamientos y las juntas vecinales, así como estimulará su utilización por la ciudadanía. Tendrá especial intervención en la enseñanza, las tecnologías de la información y en la recuperación del derecho consuetudinario, propio de El Bierzo occidental, en gallego.
4. Se establecerá la toponimia de los municipios occidentales en gallego-berciano.
5. Se regularizarán las relaciones administrativas con instituciones de Galicia para ejecutar programas de normalización lingüística y cultural.
Esta propuesta de artículo lingüístico incide en la oficialidad del castellano y en la no oficialidad del gallego, según el colectivo Fala Ceibe do Bierzo, aunque se le reconoce el carácter de idioma propio y territorial.