Castilla y León rebaja la alerta sanitaria a nivel 2 en toda la comunidad autónoma

La Junta de Castilla y León ha decidido hoy en Consejo de Gobierno rebajar el nivel de alerta sanitaria en el ámbito de la comunidad autónoma.

Esta nueva situación trae alguna novedad que, si bien no son especialmente perceptibles por el ciudadano, sí son significativas para la actividad económica en cuanto a aforos.

Por el momento no permitirá la apertura del ocio nocturno por lo menos en este momento, sin desvelar si será en la siguiente fase del nivel de alerta o en nueva normalidad. Las restricciones, de este modo, se mantienen en la misma línea en cuanto al ocio nocturno, aseguró el vicepresidente de la Junta, Francisco Igea.

HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN

El horario de cierre de estos establecimientos es a la 1:00 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 00:00 horas.

Consumo en interior del local en mesa o agrupaciones de mesas con los siguientes aforos:

  • 75% del aforo en mesa en las salas de hasta 40 comensales.
  • Salas de 41 a 60 comensales el aforo será de 30 personas.
  • En las salas de más de 60 comensales el aforo será del 50%.

Ocupación máxima por mesas de 10 personas.

Aforo exterior al 75% con grupos de clientes separados y sentados, sujetos a las condiciones de reuniones (10 personas).

Normas comunes en todos niveles de alerta

  • Mesas con una distancia de al menos 1,5 metros entre sillas de diferentes mesas.
  • En todo momento se hará uso de la mascarilla cuando no se esté comiendo ni bebiendo.

El ocio nocturno permanecerá cerrado.

VELATORIOS Y ENTIERROS

Aforo al 50% en espacios cerrados (máximo 50 personas en la comitiva) siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.

Sin limitaciones en espacios abiertos siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.

CEREMONIAS NUPCIALES, BAUTIZOS Y OTRAS

No podrán superar el 50% de aforo al aire libre y 33% en lugares cerrados. No rigen prohibiciones para lugares de culto, que requerirán prohibición especial.

INSTALACIONES Y CENTROS DEPORTIVOS

  • Instalaciones y centros deportivos: 50% aforo garantizando distancia de seguridad y ventilación. Cerrados si no se puede garantizar.
  • En las actividades grupales se mantendrán los límites de personas establecidos en este nivel.

PISCINAS Y PLAYAS

Limitación de aforo al 75% de piscinas.

Limitaciones de acceso a las playas. Control de aforos.

LOCALES COMERCIALES Y MERCADILLOS

Locales: aforo al 50%. Si no es posible mantener la distancia de seguridad, se permitirá la permanencia dentro del local de un cliente.

Mercadillo: 50% de los puestos habitualmente autorizados si es al aire libre.

HOTELES Y ALBERGUES TURÍSTICOS

Apertura de zonas comunes a 50% del aforo y siempre garantizando las medidas de distanciamiento de higiene y prevención y favoreciendo el uso de zonas bien ventiladas.

Casas rurales con un límite de 10 personas con dos grupos de convivientes máximo.

CINES, TEATROS, AUDITORIOS…

  • Aforo máximo al 75% siempre que se pueda mantener un asiento de distancia en la misma fila en caso de asientos fijos o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia.

 

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