El Gobierno aprueba la normativa que garantiza el uso de carbón autóctono

Mineros entrando a la mina en los vagones de carbón
Mineros entrando a la mina en los vagones de carbón

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un Real Decreto por el que se establece el procedimiento de resolución de restricciones por garantía de suministro y se modifica la normativa que organiza y regula el mercado de producción de energía eléctrica. La nueva legislación garantiza el uso del carbón autóctono en los momentos de caída de la demanda de electricidad y posibilita el cumplimiento del Plan Nacional de Reserva Estratégica de Carbón 2006-2012.

La resolución de restricciones por garantía de suministro consiste en realizar sobre el programa diario del mercado eléctrico los cambios necesarios para cumplir los criterios de seguridad de suministro, con el menor impacto económico y medioambiental posible, y respetando las limitaciones que sea preciso establecer por seguridad del sistema.

Los yacimientos de carbón representan la única reserva de origen fósil de España y tienen un gran valor estratégico para el país en términos de reducción de la dependencia energética del exterior. Sin embargo, la actual caída de la demanda eléctrica y la condición de isla energética de España están impidiendo la utilización del carbón autóctono, circunstancia que pone en riesgo el mantenimiento de la única fuente de combustible fósil ampliamente disponible en España.

Adicionalmente, para garantizar el suministro de electricidad a los consumidores es necesario mantener abierta la opción de los combustibles de origen autóctono y las centrales que utilizan carbón, al tratarse de una producción gestionable, aportan al sistema eléctrico un grado de fiabilidad adecuado para una correcta operación del sistema. Este aspecto es clave para poder facilitar el cumplimiento de los compromisos de producción renovable en 2020 dado el carácter intermitente en la producción de las principales tecnologías renovables.

Con el Real Decreto aprobado hoy se resuelve esta situación al priorizar el uso de carbón autóctono en el mercado eléctrico para garantizar el cumplimiento con el Plan Nacional de Reserva Estratégica del Carbón 2006-2012, respetando los acuerdos alcanzados en el mismo.

Funcionamiento del procedimiento

El mecanismo de resolución de restricciones por garantía de suministro prevé la retirada de la producción de determinadas centrales en determinadas circunstancias y su sustitución por otras centrales que utilizan carbón autóctono como combustible. Las unidades sustituidas serán siempre instalaciones térmicas emisoras de CO2 y para su relevo se seguirán criterios medioambientales, de tal forma que se retirarán primero las que más CO2 emitan. Para todas las centrales retiradas se estipula una compensación en condiciones de mercado.

El límite legal máximo de utilización de carbón autóctono es del 15 por ciento de la cantidad total de energía primaria necesaria para producir la electricidad demandada por el mercado nacional al año. A este respecto, la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, habilita al Gobierno a establecer los procedimientos, compatibles con el mercado de libre competencia en producción, para conseguir el funcionamiento de aquellas unidades de producción de energía eléctrica que utilicen fuentes de combustión de energía primaria autóctonas hasta un límite del 15 por ciento.

No obstante, la cantidad de carbón autóctono que podrá utilizarse gracias al nuevo mecanismo nunca será superior a la prevista en el Plan Nacional de Reserva Estratégica de Carbón 2006-2012.

Se trata, por tanto, de un mecanismo de ajuste posterior al mercado diario, por lo que no introduce distorsiones en la formación del precio de la energía, y que minimiza el impacto medioambiental, ya que sustituye las plantas que más contaminan.

El Real Decreto aprobado hoy se ampara asimismo en la normativa europea y ha sido prenotificado a la Comisión Europea, que debe analizarlo.

Funciones de la CNE y de REE

El Real Decreto encarga a la Comisión Nacional de Energía (CNE) la supervisión de los valores de emisión de CO2 de cada una de las instalaciones térmicas de producción como paso previo a la utilización de estos valores por parte del operador del sistema.

El organismo podrá solicitar información sobre las ofertas presentadas en el mercado diario con el objetivo de detectar la existencia de indicios de prácticas restrictivas de la competencia.

Por su parte, Red Eléctrica de España (REE), como operador del sistema eléctrico, determinará las modificaciones que, cumpliendo con los criterios de seguridad establecidos en los procedimientos de operación del sistema, deban realizarse sobre el mercado eléctrico.

La puesta en marcha efectiva del mecanismo de resolución de restricciones por garantía de suministro lleva aparejado el desarrollo de los procedimientos operativos en el sistema eléctrico y el desarrollo paralelo de los sistemas informáticos necesarios para su implementación, por lo que el Consejo de Ministros ha aprobado hoy un acuerdo por el que se prorroga el Almacenamiento Estratégico Temporal del Carbón hasta la entrada en funcionamiento del nuevo procedimiento.

 

 

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