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En marcha la nueva ordenanza de terrazas: autorización por superficie y horario máximo de apertura y cierre

Avanza con la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia la tramitación de la nueva ordenanza reguladora del uso de espacio público para la colocación de terrazas por parte de los establecimientos hosteleros. La principal novedad es que la autorización será en función de superficie utilizada y no por mesas y sillas, como hasta este momento, aunque la propia ordenanza determina una serie de medidas para la superficie máxima autorizada. Con este planteamiento el Ayuntamiento quiere evitar determinadas prácticas que en casos muy concretos aprovechan para incrementar el número de mesas sillas aprovechando que no existía un espacio claramente delimitado.

Con la entrada en vigor de esta ordenanza el establecimiento hostelero tendrá asignada un espacio para su terraza en función de las características de la misma, pudiendo ser terrazas de veladores, cenadores, o simplemente una terraza especial de fumadores. Aunque también regula la colocación de toldos, pérgolas, paravientos, cortinas y estufas.

La implantación de las instalaciones requiere la autorización municipal con una licencia específica una vez acreditándose con planos de detalle y las homologaciones de los elementos que se adapta a las exigencias de la normativa municipal.

Los propietarios de los establecimientos podrán acogerse a dos tipos de licencias concretas en función de colocación de terraza anual o sólo en temporada, entre el 1 de abril y el 31 de octubre.

Ahora bien, existe un horario máximo para la apertura y para el cierre de las terrazas. En temporada el horario máximo será hasta las 12 de la medianoche de domingo a jueves, y hasta la 1 de la noche los días viernes, sábados y las vísperas de festivos. En julio y agosto el horario de cierre podrá extenderse media hora. El resto del año, para las terrazas anuales, podrán abrir hasta las 23 horas. En ningún caso el montaje y funcionamiento podrá iniciarse antes de las 9 de la mañana.

El Ayuntamiento se reserva la facultad de reducir el horario si hubiera circunstancias concretas que así lo aconsejen.

La ordenanza municipal contempla la ocupación del suelo público o privado de uso público con un número de mesas y sillas autorizadas, y no podrán apilarse en la vía pública más que las estrictamente autorizadas.

Asimismo, hace una mención específica con prohibición de equipos audiovisuales y actuaciones en directo en los espacios e instalaciones de la terraza, bien sean fijos o móviles, “salvo los que pudiesen ser instalados en las situadas en el interior de centros comerciales cuando los niveles de ruido transmitidos no sobrepasen los establecidos en la normativa en materia de protección acústica y ambiental”, si se diera este caso.

La ordenanza contempla también detalles sobre los cenadores, medidas máximas y distancias que debe respetar con otros elementos de la calzada, tales como pasos de peatones.

El alcalde de Bembibre, José Manuel Otero, aseguró ayer que esta ordenanza, que se ha inspirado en la misma norma de Ponferrada, pretende poner orden “en la regulación de las terrazas que hasta ahora era todo un poco caótico”.

Redacción BD

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