Desde la convocatoria de las elecciones hasta el día 18 de mayo, fecha en que finaliza el plazo para solicitar el voto por correo. Podrás acudir a la Oficina de Correos de Bembibre o cualquier otra y solicitar el impreso para depositar tu voto.
Solicitud del voto por correo
Una vez que tengas el impreso, deberás completarlo y entregarlo personalmente en cualquier oficina de Correos, acreditando tu identidad ante dicha oficina, quien comprobará tu firma con la presentación de tu DNI, pasaporte o carnet de conducir. Si eres votante extranjero, podrás acreditar tu identidad mediante la presentación de un documento oficial expedido por las autoridades españolas o del Estado de origen que incluya tu firma y tu fotografía.
Recuerda que el plazo para solicitar el voto por correo finaliza el próximo 18 de mayo. Una vez que Correos reciba tu solicitud, la remitirá a la Oficina del Censo Electoral, que hará la anotación correspondiente en las listas del censo.
Una vez que la Oficina del Censo Electoral reciba tu solicitud, enviará por correo certificado al domicilio que hayas indicado en el impreso de solicitud un sobre con la documentación necesaria para votar por correo.
Proceso de votación por correo
Esta documentación incluirá una papeleta de cada una de las formaciones políticas que se presenten a cada uno de los procesos convocados, un sobre o sobres de votación, el certificado de inscripción en el censo, un sobre en el que figurará la dirección de la Mesa donde te correspondería votar y una hoja explicativa.
Una vez que tengas la documentación necesaria, deberás escoger la papeleta de voto correspondiente para cada proceso electoral y meterla en el sobre de votación. Si deseas votar en blanco, simplemente no incluyas ninguna papeleta. Después, deberás cerrar el sobre de votación y meterlo junto con el certificado de inscripción en el censo en el sobre dirigido a la Mesa. Recuerda que, para votar por correo, debes remitirlo por correo certificado antes del 24 de mayo.
Es importante que sepas que este envío es gratuito, ya que será el Ministerio del Interior a través del presupuesto electoral el que se hará cargo de compensar al operador postal por estos envíos. Por último, debes saber que Correos entregará en las Mesas electorales la correspondencia que pueda recibirse hasta las veinte horas del día de la votación. Los sobres recibidos después de las veinte horas se remitirán a la Junta Electoral de Zona y se destruirán.
Vídeo explicativo del voto por correo