El Boletín Oficial de Castilla y León publica el Acuerdo por el que se amplía la limitación de personas en lugares de culto y se deja sin efecto el Acuerdo que limitaba la entrada y salida de personas entre provincias de la Comunidad.
Las reuniones, celebraciones y encuentros religiosos podrán desarrollarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, ya sea en espacios al aire libre o espacios interiores, siempre que, respetándose las medidas generales de prevención, no se supere un tercio de su aforo
Se deja sin efecto el Acuerdo de 15 de enero, que limitaba la entrada y salida de personas del territorio de cada una de las provincias de la Comunidad de Castilla y León, aunque sigue en vigor el cierre perimetral de la Comunidad Autónoma
Estas medidas tendrá efectos desde las 00:00 horas del día 20 de febrero hasta la finalización del estado de alarma, aunque se podrán modular, flexibilizar y suspender con el alcance y ámbito territorial que en cada caso se determine, según sea la evolución de los indicadores sanitarios
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