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Condenados a 38 años los tres exjugadores de la Arandina por agresión sexual a una menor

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Burgos ha condenado a 38 años años de cárcel a los tres ex jugadores de la Arandina por un delito de agresión sexual, con acceso carnal en forma bucal, a una joven de 15 años de edad. El ex jugador del Atlético Bembibre, Carlos Cuadrado (Lucho), el berciano Víctor Rodríguez, y el también ex jugador del equipo Raúl Calvo.

Además de la condena por delito de agresión sexual, se aprecia la existencia de intimidación ambiental por el hecho de haber actuado en el domicilio de los varones con la luz apagada y por sorpresa, sin que la menor pudiera reaccionar, debido a la diferencia de edad y complexión física de los acusados.

La sentencia aplica la doctrina del Supremo con La Manada que estableció que en una violación grupal cada uno de los acusados fuera responsable de los hechos realizados por él mismo y como cooperador necesario por los cometidos por los demás en su presencia y bajo su aprobación. De esta forma, las penas se multiplican por tres. No obstante, el máximo cumplimiento de la pena de prisión se fija en 20 años, conforme a lo dispuesto en el Código Penal.

La Audiencia Provincial de Burgos también considera probado que los acusados conocían que la denunciante no tenía ni los 16 años y que iba al colegio con uniforme. Incluso que su madre y otros testigos lo habían dicho.

Se ha tomado en consideración el testimonio de la denunciante, en cuanto resultó corroborado por los de aquellas personas más allegadas y por el informe psicológico. Si bien la postura de la denunciante fue diferente al relatar los hechos a sus conocidos, por influencia de las redes sociales, se aprecia credibilidad a su versión en cuanto refiere que no realizó los hechos voluntariamente.

Se absuelve a todos del delito de proposición de actividades sexuales; y a uno de los acusados, por su madurez similar a la de la víctima (conforme al informe psicológico) y falta de corroboración, del delito de agresión sexual continuada por el que se acusaba.

La sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Redacción BD

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