La Junta de Castilla y León autoriza el Decreto por el que se establece el calendario de fiestas laborales en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León para el año 2011. De este modo, las fiestas laborales, con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad para el año 2011 serán las siguientes:
– 1 de enero, Año Nuevo.
– 6 de enero, Epifanía del Señor.
– 21 de abril, Jueves Santo.
– 22 de abril, Viernes Santo.
– 23 de abril, Fiesta de la Comunidad Autónoma.
– 25 de julio, Fiesta de Santiago Apóstol.
– 15 de agosto, Asunción de la Virgen.
– 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
– 1 de noviembre, Todos los Santos.
– 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
– 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
– 25 de diciembre, Natividad del Señor, trasladada al 26 de diciembre.
A tales fiestas se añadirán dos jornadas festivas de carácter local, a los efectos de alcanzar las 14 fiestas laborales preceptivas.
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