El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto por el que se establece el calendario de fiestas laborales para el año 2012. En total se establecen 12 días festivos a los que se añadirán dos jornadas festivas de carácter local, para alcanzar las 14 fiestas laborales preceptivas.
Las fiestas laborales, con carácter retribuido y no recuperable para el año 2012 serán:
– 6 de enero, Epifanía del Señor
– 19 de marzo, San José
– 5 de abril, Jueves Santo
– 6 de abril, Viernes Santo
– 23 de abril, Fiesta de la Comunidad Autónoma
– 1 de mayo, Fiesta del Trabajo
– 15 de agosto, Asunción de la Virgen
– 12 de octubre, Fiesta Nacional de España
– 1 de noviembre, Todos los Santos
– 6 de diciembre, Día de la Constitución Española
– 8 de diciembre, Inmaculada Concepción
– 25 de diciembre, Natividad del Señor
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