El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación de Gas Natural Fenosa Renovables y la Junta de Castilla y León para la ubicación del parque eólico La Espina, en los términos municipales de Igüeña, Villagatón y Valdesamario. Un parque que se encuentra en funcionamiento y que fue anulado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León a raíz del recurso de la organización de ornitología Seo/Birdlife.
En aquella sentencia, el TSJ estimó el recurso de Seo/Birdlife contra la resolución del viceconsejero de Economía, que había otorgado, el 10 de marzo de 2008, autorización administrativa para la instalación del parque eólico. Declaró su nulidad por irregularidades en la declaración de impacto ambiental.
La sentencia del Supremo confirma que esta declaración, “además de ser un trámite de cumplimiento obligado en proyectos como el de autos, es una técnica transversal que condiciona la práctica totalidad de la actuación posterior, por lo que su nulidad conlleva la de la autorización concedida”.
El parque tiene una longitud de 2,5 kilómetros y la altitud media de 1650 metros, por lo que la superficie total ocupada por el proyecto de manera permanente se estimaba en 9,8 hectáreas.
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