En defensa de las Juntas Vecinales

Javier Lago Mestre

Se está tramitando en las Cortes Generales el proyecto de Ley para la Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local. Esta futura ley afecta a la organización de los entes locales del Estado, entre ellos las diputaciones y los ayuntamientos, pero también a las comarcas, mancomunidades o los llamados entes locales menores. Dentro de esta última denominación se encuentran las parroquias gallegas, las aldeas, los barrios, los concejos asturianos o las  pedanías entre otras denominaciones tradicionales.

Estos entes locales menores tienen detrás una larga historia. Y es que la mayoría de la ciudadanía desconoce que las comunidades rurales tuvieron su origen en la Edad Media. Siempre estuvieron organizados en juntas vecinales o concejos, contaron con su propio derecho consuetudinario y gestionaron sus bienes comunitarios (montes, brañas, fuentes, caminos, etc). A pesar de su pertenencia secular a los señoríos (laicos, monásticos u obispados) mantuvieron su relativa autonomía. Sin embargo, las reformas liberales del siglo XIX, con la creación de los ayuntamientos y las diputaciones, vinieron a restringir la autonomía de las comunidades rurales. Hubo que esperar al Estatuto Municipal de 1924 para crear los entes locales menores mencionados. A través de esta norma las juntas vecinales lograron recuperar su carácter institucional, su personalidad jurídica y su capacidad de gestionar sus bienes.

En el caso de la región berciana contamos con un total de 289 juntas vecinales. Estas son las que representan a sus pueblos y gestionan sus bienes en común mediante una peculiar democracia popular. Ahora hay un peligro cierto de que esta específica organización territorial  pueda desaparecer por razón de la reforma de la actual Ley de Bases del Régimen Local. La verdad es que hay gran desconocimiento por parte de las juntas vecinales de esta novedad y también pasividad en la capacidad movilización. En este sentido recordamos que el Consejo Comarcal de El Bierzo ya ha tomado postura sobre el particular. Así, en marzo de 2013 se aprobó por el Pleno una moción para “expresar el más enérgico rechazo a la propuesta del Gobierno de la Nación, de suprimir las juntas vecinales (…)”. Dicho esto conviene analizar más en detalle la reforma local que amenaza nuestras juntas vecinales.

Comenzamos diciendo que se pretende excluir los entes locales menores de la relación de administraciones locales que recoge el artículo 3º de la actual Ley de Régimen Local. Esto supondrá la pérdida de su actual carácter institucional de las juntas vecinales  bercianas. Por consiguiente no podrán obtener las subvenciones ni ayudas públicas actuales, caso del Plan provincial de obras, Plan de pequeñas obras y demás. También se anuncia la supresión del artículo 45 de dicha Ley que regula los entes locales menores. Esto concreta que el Estado quiere dejar de fijar la regulación mínima de estas instituciones locales, y que sean las propias comunidades autónomas las encargadas de hacerlo. Lo cierto es que el propio Tribunal Constitucional ya ha determinado la necesidad de que el Estado establezca “la garantía institucional” de los entes locales menores, respecto a su organización y su competencias. Dejar esta regulación en favor de la competencia de las comunidades autónomas no garantiza la autonomía de las juntas vecinales y sí la discrecionalidad política.

Seguimos comentando las reformas para indicar que en base a la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, se pretende ser más estricto con el cumplimiento de diversos principios de política presupuestaria por parte de las administraciones locales. Ahora bien, hay que decir que la mayor parte del endeudamiento público ha sido originado por el Estado, comunidades autónomas, provincias y grandes ciudades, mientras que las juntas vecinales se financian con sus propios y escasos recursos. Pero lo cierto es que se indica que los ayuntamientos endeudados, amenazados con planes de saneamiento o ajuste, podrán recurrir para financiarse con cargo a los bienes de las juntas vecinales de su municipio (artículo 116 bis). Además, se exigirá a los entes locales menores la presentación de sus cuentas en el plazo de 3 meses desde la aprobación definitiva de la Ley. En caso de no presentar sus cuentas en dicho plazo se amenaza con su disolución. Está claro que nuestras pequeñas juntas vecinales no tienen los medios personales, técnicos ni económicos suficientes para cumplir adecuadamente con este mandato legal.

También hay referencias en la Ley estatal a que no podrán segregarse poblaciones en los municipios menores de 5000 habitantes. Mientras que se castigan las segregaciones menores, se refuerzan e incentivan las uniones municipales. Esta es otra forma de restringir la capacidad de las comunidades locales para alcanzar más autonomía institucional. En el fondo de este nuevo programa político está el intento de fortalecer el poder de las provincias y los ayuntamientos a costa de los entes locales menores, ya que los primeros podrían hacerse con el control de los bienes públicos de los últimos. De esta forma, las pequeñas comunidades rurales perderán definitivamente cualquier posibilidad de desarrollo económico presente y futuro en base a la explotación de sus bienes.

Por todo lo cual ha llegado la hora de que las juntas vecinales de la región de El Bierzo se movilicen en contra de la posible supresión de su autonomía institucional. La ocasión se presenta el próximo domingo 20 de octubre, ya que se ha convocado en la ciudad de León una manifestación por la mañana en defensa de los entes locales menores. Esperamos que la respuesta ciudadana sea masiva para que se tenga en cuenta esta presión de los pueblos por parte de las Cortes Generales.

Xabier Lago Mestre

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